FORMAS LEGALES DE LAS ORGANIZACIONES MERCANTILES EN MÉXICO
POR: HEIDY GARCÍA PEÑA
Una sociedad es una entidad propia y distinta, cuenta con un patrimonio común y con la participación de los socios. Comparte un interés o propósito en común. Podemos decir que una Sociedad Mercantil es la unión de dos o más personas mediante la cual aportan algo en común para un fin determinado, obligándose mutuamente a darse cuenta”.
Al constituir una empresa los involucrados adquieren responsabilidades y beneficios, buscan obtener ganancias y dependiendo del tipo de sociedad que elijan, así será su responsabilidad. Es por eso, que saber que es una Sociedad Mercantil y cuál es su función, tiene la finalidad de dar un enfoque general sobre los tipos de organización de las empresas, para que aquellos que tengan en mente constituir un negocio elijan el tipo de organización más conveniente y acorde a su giro empresarial. Se describe cada una de las sociedades para comprender las características y limitaciones que tienen, a la vez identificar cual es más conveniente para que se constituya la empresa o forme parte de su razón social.
Los seis tipos de sociedades u organizaciones mercantiles en México, a analizar son: Sociedad en nombre colectivo, Sociedad en Comandita Simple (S. en C.), Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.), Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), y Sociedad Cooperativa (S.C.).
- La Sociedad en Nombre Colectivo destaca la responsabilidad de los socios por las obligaciones que contraiga la sociedad. Las características esenciales de esta sociedad es que la responsabilidad de cada socio será limitada, solidaria y subsidiaria de todos los socios, debe tener cuando menos dos socios puesto que no existe un número máximo. La razón social se compone por los nombres de todos los socios o de alguno de ellos, seguida solamente de las palabras “y compañía”.
- La Sociedad en Comandita Simple (S. en C. S.) es la reunión de una o más personas físicas y morales que crean una persona moral para obtener un fin común y generar ganancias. En esta se identifican dos tipos de socios; los comanditados que tienen una responsabilidad ilimitada y los comanditarios que determinan su responsabilidad por sus aportaciones.
- La Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.) es una sociedad de capital funcional, es decir, cuyo capital social no debe ser menor a cincuenta mil pesos; existe bajo una razón o denominación social y se compone de uno o varios socios comanditados con responsabilidad ilimitada y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.
- En cuanto a la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. DE R.L.) su responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas no se responde con el patrimonio personal de los socios; es una sociedad intermedia que surgió para eliminar las restricciones y exigencias de la sociedad anónima, constituye un tipo social que sin alejarse de plenamente de los esquemas propios de las sociedades de personas.
- La Sociedad Anónima (S.A.) es aquella sociedad mercantil cuyos titulares son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones, los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.
- Por último la Sociedad Cooperativa (S.C.) es una sociedad mercantil con denominación de capital variable fundacional, representado por certificados de aportación nominativos. Aquí intervienen como mínimo cinco personas.
BIBLIOGRAFIA:
- Gustavo Paz. “Contabilidad de Sociedades”.
- “Ley General de las Sociedades Mercantiles”. México 2000.