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¿Qué es la Declaración de Renta y cómo hacerla?

¿Te toca declarar renta y no sabes en qué cosiste este procedimiento ni cómo hacerlo?

No te preocupes, que muchas personas han pasado por la misma situación.

En este artículo te voy a explicar de forma clara y sencilla qué es la declaración de renta, quiénes están obligados a presentarla, cuál es el proceso para presentarla y qué implicaciones tiene el omitir dicho procedimiento.

Comencemos por el principio…

¿Qué es la Declaración de Renta?

Es una responsabilidad tributaria que se diligencia en un formulario ya sea de persona natural o persona jurídica, el cual se presenta ante la empresa administradora en este caso en Colombia la DIAN (dirección de impuestos y aduanas nacionales), el cual tiene como fin informar los ingresos, egresos e inversiones que se efectuaron durante el año anterior a su presentación, este es utilizado por el gobierno de Colombia para verificar si se debe o no pagar impuesto de renta.

¿Qué es el impuesto de renta?

Es el impuesto que las personas naturales y jurídicas deben pagar sobre las utilidades o rentas generadas en el año anterior.

La de declaración de renta es diferente dependiendo de si eres persona natural o persona jurídica.

DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS JURÍDICAS

¿Quiénes están obligados a presentar Renta?

Todas las personas jurídicas están obligadas a declarar renta, excepto las empresas que están contempladas en el Estatuto Tributario como no contribuyentes del impuesto, Se presenta en el formulario 110.

Errores comunes que se cometen:

  • Declarar gastos y costos no deducibles de renta (mercados, viajes, etc.) que no son directamente de la empresa si no de los dueños de esta
  • Que se lleve a gastos y costos deducibles fuera de los parámetros dados por el ART, 107 E.T. esto nos dicen que deben tener: Causalidad, necesidad y proporcionalidad.
  • Declarar gastos y costos inexistentes
  • No generar el anticipo de renta del año siguiente y no conocer si se está obligado a hacerlo
  • No conocer la norma actual
  • No hacer la depuración entre lo fiscal y lo contable
  • No general la renta presuntiva si da lugar a esta
  • No deducir la autorrenta

DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES

Actualmente hay 3 cédulas

  1. La cédula general, que se compone por:
    • Renta de trabajo
    • Renta de capital
    • Renta no laborales
  2. Cédula de pensiones.
  3. Cédula de dividendos y participaciones.

¿Quiénes están obligados a presentar Renta?

Art. 19 de la ley 1819 de 2016 que modifico el art 594-3 E.T.

Están obligados a declarar las personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes ítems:

  • Que su patrimonio bruto sea superior a 4,500 UVT es decir $154.215.000
  • Sus ingresos brutos sean mayores a 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Sus compras con tarjeta crédito mayores a 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Compras y consumos superan las 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Las consignaciones bancarias no excedan las 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Ser responsable de IVA

Se presenta en el formulario 210.

Errores comunes que se cometen:

  • No declarar todos los ingresos obtenidos (ocultar información)
  • No hacer las deducciones correspondientes
  • No haberse inscrito al RUT
  • No declarar la ganancia ocasional
  • No conocer que deducciones se puede practicar
  • No comer los tomes de deducciones
  • Declara pasivos inexistentes
  • No conocer la norma
  • Realizarla en un formulario incorrecto
  • No saber a qué cedula pertenece
  • Que superen los 100.000 UVT y no sea firmado por un contador
  • Declaran el formulario 210 siendo residente fiscal del exterior
  • No declarar cuando sus ingresos o patrimonio superen el 50% y está residiendo en otro país

SANCIONES RELACIONADAS CON LA DECLARACIÓN DE RENTA

Extemporaneidad

Presentar la declaración tributaria en forma extemporánea, la diferencia entre el art. 641 y 642 es el monto de sanción ya que mientras en el 641 es una invitación en el 642 es una obligación.

Art. 641 Extemporaneidad en la presentación: se divide en 3,

  1. impuesto a cargo es 5% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  2. ingresos brutos es 0,5% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  3. patrimonio líquido del año anterior es 1% del por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación, sin exceder la cifra menor resultante que sería el patrimonio líquido por 10%.

No puede exceder el 100% del impuesto a pagar

Art. 642 Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad al emplazamiento: se divide en 3,

  1. impuesto a cargo es 10% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  2. ingresos brutos es 1% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  3. patrimonio líquido del año anterior es 2% del por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación, sin exceder la cifra menor resultante que sería el patrimonio líquido por 10%.

Esta no puede exceder el 200% del impuesto a pagar.

Por no declarar:

Omitir la presentación de la declaración tributaria.

Art. 643 Sanción por no declarar:

donde nos dice que es del 20% de las consignaciones bancarias, el 20% de los ingresos brutos y el 20% de la última declaración presentada, en donde se tomara el saldo más alto y este dará lugar a ser la sanción a pagar.

Si se presenta dentro de los 2 meses aceptándola la sanción esta se puede reducir al 50%.

Corrección aritmética

Incurrir en cualquiera de los errores aritméticos contemplados en el Art. 697 ET

Art 646 Sanción por corrección aritmética.

Se aplica una sanción del 30% del valor a pagar o del menor saldo a favor.

Cómo presentar la declaración de renta

En los siguientes vídeos podrás ver los pasos a seguir para realizar tu declaración de renta por primera vez.

Parte 1

Parte 2

Parte 3

Si tienes alguna duda del tema, por favor déjala en los comentarios que yo trataré de resolverla.

Acerca del Autor: Este artículo fue escrito por Fernanda Díaz.

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