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“Me han despedido por crear un perfil falso en Facebook” ¿Por qué?

Hace días se difundió en la red la noticia de que un empleado que prestaba servicio en un Hospital creó un perfil falso de su jefe (el director de ése hospital) en la red social “Facebook” y por medio de ella, solicitó la amistad a 9 contactos (compañeros del hospital); el jefe, inmediatamente, al enterarse, consideró despedir al empleado, puesto que creó el perfil con un correo electrónico y todo sin consentimiento alguno.

Ahora bien, éste trabajador, parece ser que no quería otra cosa que “ganar cierta fama dentro del gremio”, por lo que el contenido de dicho perfil se consideró  “objetivamente injurioso”, vulnerando el derecho a la propia imagen reconocido en nuestra Constitución, en base a lo cual se justificó la imposición de la sanción de despido.

El comportamiento del trabajador también se podría considerar como un delito de usurpación de identidad (también denominado, de estado civil) castigado con pena de prisión de seis meses a tres años, que tiene como rasgo definitorio el hacerse pasar por otro individuo sin su consentimiento

Por ello, la sentencia indicada fue: “este empleado que prestaba sus servicios en el hospital como administrativo, creó una cuenta en la red a nombre del director gerente del hospital, «sin conocimiento de éste y utilizando sus datos personales, así como una cuenta de correo electrónico». Para el juez, del citado juzgado, los hechos «constituyen faltas muy graves de trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, así como injurias a un superior jerárquico».

Áudea Seguridad de la Información
Departamento de Comunicación
Eugenia Moreau González
www.audea.com

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