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La importancia de los Derechos de Autor

Sin duda, en la actualidad el tema de los Derechos de Autor ha sido objeto de múltiples controversias. Unos buscan su protección legítima y otros están a favor de compartir los contenidos sin que haya castigos por hacerlo.

Por ello es importante primero antes que nada entender qué son los Derechos de Autor y en donde se lleva a cabo el registro de derechos de autor. Sin duda, estos son fundamentales para todos los autores de obras. Las obras son el objeto de protección de los Derechos de Autor.

De igual forma, es importante saber que los Derechos de Autor están reconocidos como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los entendemos como ese “conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra original”.

A continuación se detallan los tipos de obras que protegen los derechos de autor: Literaria, Musical, Dramática, Danza, Pictórica, Escultórica, Caricaturística, Arquitectónica, Cinematográfica, Programas de radio y televisión, software, obras fotográficas, así como obras de diseño gráfico y textil.

Pero si usted se pregunta en donde registrar derechos de autor debe saber que el trámite realiza ante el INDAUTOR, que depende de la Secretaría de Educación Pública, y es el Organismo Público que en México se encarga de salvaguardar los Derechos de Autor y la protección de las obras, no sólo a nivel nacional sino también a través de la coordinación con otros organismos internacionales en pro de la protección de los mismos.

Definitivamente, una persona capaz de crear obras merece el reconocimiento por parte del Estado para gozar de ciertos privilegios. Así que cualquiera que sea el tipo de obra a proteger la Ley de Derechos de Autor le otorgará al creador protección durante toda su vida y a partir de su muerte, cien años adicionales.

Por ejemplo, en caso de una obra de varios autores, como es el caso de una antología, el registro de derechos de autor aplicará  de la siguiente manera: los cien años se contarán a partir de la muerte del último de los autores.

Recuerde también que los Derechos de Autor sólo le ofrecen protección a las personas físicas, por lo que se sobreentiende que la Ley no posibilita que las personas morales sean autoras de obras. Esto es, porque sólo los seres humanos somos capaces de la actividad intelectual y de las actividades de creación. Pensar, componer, crear músicas, libros, obras de teatro sólo actividades exclusivas de las personas físicas.

El procedimiento para registro de obras o derechos reservados no es un procedimiento sencillo, se deben cumplir con requisitos bien específicos. Si usted requiere el servicio de derechos de autor DF o en alguna parte de la República Mexicana o simplemente usted tiene dudas o requiere mayor información sobre cómo llevar el trámite, debe acudir con abogados especialistas en Derecho de Autor y Propiedad Intelectual.  Hoy día, existen despachos especializados que ofrecen gran calidad y profesionalismo en este tema.

Con información de INDAUTOR

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