X

Como crear tu propia empresa

Para convertirse en un empresario hay que tener en cuenta los factores que afectarán a tu vida en el futuro. Lo primero es analizar si se tienen las cualidades necesarias (recursos económicos, responsabilidad…) y tener presente la renuncia a la posición actual.

LA IDEA INICIAL

Para crear una empresa se debe partir de una idea (innovación de un producto, servicio a realizar…) que puede suponer una innovación sobre los productos que existen en el mercado, o mejorar un producto ya existente.

Para crear una empresa hay que fijarse en la innovación. El empresario debe analizar los cambios en el entorno, por ejemplo, estos son los más significativos en España:

  • Cambio en los ingresos personales.
  • Cambio en el tiempo libre.
  • Cambio en el nivel educativo.
  • Cambio en el mercado de trabajo
  • Cambo en el ámbito económico del país.

Una vez que se tiene bien definida la idea hay que realizar un análisis para concretar si se crea o no:

1. Análisis de la demanda.

Analizando la localización, cuantificación, capacidad adquisitiva, hábitos de consumo… y el análisis de su equilibrio y estabilidad, mediante el estudio de la capacidad de crecimiento, productos sustitutivos, la durabilidad de los productos y si es de carácter necesario o de lujo.

2. Análisis de la competencia.

Observando el tipo de empresas del sector, su organización el grado de concentración y la regulación administrativa.

3. Estudio de la localización geográfica

Lugar de suministro de materias primas, proximidad de clientes potenciales, infraestructura de la zona, contratación de mano de obra, situación de las empresas competidores y buscar zonas con subvenciones.

4. Estudio del capital preciso.

No es el mismo en todo momento. Mediante las rotaciones el empresario podrá hacer una previsión de cual va ser su posición en el mercado.

FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA

Hay que tener en cuenta los siguientes criterios: forma de distribución del poder, el tipo de financiación, el tamaño de la empresa y el coste fiscal.

En un contrato intervienen al menos 2 personas con la intención de prestar un servicio.

Clasificación de los contratos:

  • Típicos y atípicos.
  • Solemnes y no solemnes.
  • De disposición y de obligación.
  • Onerosos y gratuitos.
  • Completos e incompletos.
  • Deterministas o contingentes.

Tipos de empresa

Hay dos tipos de empresario: individual y colectivos.

Empresario individual: Su responsabilidad es ilimitada y dirige el negocio. La denominación de la empresa será el nombre civil del titular. La Inscripción en el Registro Mercantil es potestativa. No tiene un límite de capital.

Sociedad Civil: Tiene libre denominación. La inscripción en el Registro Mercantil es voluntaria. Como mínimo tienen que existir 2 socios. Los socios pueden aportar trabajo, dinero, bienes o derechos. La responsabilidad frente a terceros es mancomunada e ilimitada. Los socios serán los administradores generales. No existe un límite para el capital social necesario. En su constitución un 0’75 % sobre la valoración de sus aportaciones en concepto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. No pueden tener objeto mercantil y sus beneficios pasan a formar parte de la Base Imponible en el I.R.P.F. de cada socio.

Sociedad Colectiva: Su denominación será el nombre de los socios, o de algunos y «Cía». Su constitución exige Escritura Pública e inscripción en el Registro Mercantil. El número mínimo de socios será de dos, no existiendo un máximo. Los socios pueden aportar trabajo, dinero, bienes o derechos. La responsabilidad es personal e ilimitada para todos los socios. No hay un límite en el capital social. Un 0’75 % de sus aportaciones en concepto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Hay socios industriales, que aportan trabajo y no tienen que hacer frente a las deudas. Los beneficios obtenidos tributan en un 35% en el Impuesto sobre Sociedades.

Sociedad Comanditaria: Su denominación es el nombre de los socios colectivos y «Sociedad en Comandita». Hay que hacer Escritura Pública e inscripción el Registro Mercantil. El número mínimo de socios es uno colectivo y otro comanditario, sin número máximo. Los colectivos aportan su trabajo, dinero, bienes o derechos. Los comanditarios aportan únicamente bienes, dinero o derechos. La responsabilidad de los colectivos será personal, solidaria e ilimitada y la de los comanditarios es limitada. La gestión corresponderá a los colectivos. Las sociedades comanditarias por acciones son aquellas en las que el capital comanditario se distribuye en acciones, y tendrán un capital máximo de 50 millones de pesetas. En el Impuesto sobre Sociedades el tipo de gravamen aplicado es del 35% al igual que las colectivas.

Sociedad Anónima: Tiene la denominación libre, siempre que no se repita el nombre ya seleccionado por otra sociedad. Hay que realizar Escritura Pública e Inscripción en el Registro Mercantil. El mínimo es de 3 socios, que podrán aportar su dinero, bienes o derechos de contenido patrimonial. La responsabilidad es limitada. La gestión corresponderá a los administradores nombrados. Decisiones importantes tomadas por la asamblea general de accionistas. La representación esta delegada a los administradores. El capital mínimo es de 10 millones y un desembolso mínimo del 25%. Capital dividido en acciones. El ITP es del 1% sobre el capital nominal. Los beneficios tributarán al 35% en el Impuesto sobre Sociedades.

Sociedad de Responsabilidad Limitada: Tiene denominación libre, cuando no coincida con otra, y va acompañada de S.L. o S.R.L. Requiere Escritura Pública obligatoria e Inscripción en el Registro Mercantil. Puede haber de 2 a 50 socios. Que podrán aportar dinero, bienes o derechos patrimoniales. La responsabilidad es limitada. La gestión normal la realizan los administradores y las decisiones importantes las toman las juntas de socios. La representación corresponderá a los administradores. El capital máximo es de 50 millones de pesetas y deberá estar totalmente desembolsado. El capital se dividirá en participaciones iguales, individuales y podrán acumularse varias. La fiscalidad en el acto de la constitución será idéntica que la referida para las sociedades colectivas y comanditarias, y lo mismo sucede en el Impuesto sobre las Sociedades.

Sociedad Cooperativa: Con denominación libre, si no coincide con otra, y con «Sociedad Cooperativa» y el grado de responsabilidad. Deberá constituirse en Escritura Pública e inscribirse en el Registro General de Cooperativas. Y toma de razón en el Registro Mercantil. El número mínimo de socios es 7. Los socios podrán aportar dinero, bienes muebles e inmuebles y créditos. La responsabilidad en las cooperativas de responsabilidad ilimitada será personal, limitada y mancomunada. En las de limitada responden solo con sus aportaciones. La representación corre a cargo de su presidente menos en los casos de designación de un equipo directivo. Tiene que desembolsarse un mínimo del 25%. Los trabajadores podrán obtener préstamos de la cooperativa. El capital máximo permitido a un socio no podrá superar la tercera parte del capital total. El tipo de gravamen correspondiente al Impuesto sobre Sociedades será del 18%, salvo en el caso de las cooperativas de crédito, que cotizan el 26% de sus beneficios.

Sociedad Anónima Laboral: Denominación libre, sin coincidir, y acompañada de S.A.L. Debe constituirse en Escritura Pública e inscribirse en dos registros, en de las S.A.L y en el Mercantil. El número mínimo es 3 Socios. Los socios tienen que ser un mínimo del 85% de los trabajadores fijos, o bien el 75% si existen menos de 25 socios trabajadores. Las aportaciones de los socios pueden ser su dinero, bienes y derechos patrimoniales. La responsabilidad es limitada. Los órganos de gestión y representación son idénticos a los correspondientes en las sociedades anónimas. Las acciones constitutivas del capital serán nominativas, no existiendo límite mínimo ni máximo para la cifra del capital. Como mínimo un 51% del capital social debe estar en manos de los trabajadores. Existe una bonificación del 99% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Los trabajadores podrán obtener préstamos en la sociedad. Los socios industriales no podrán contar con más del 25% del capital social. Esta limitación se eleva hasta un 49 % en el caso de participación mayoritaria del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales.

LA POLÍTICA COMERCIAL

1. El mercado. Mercadotecnia.

  • El estudio de los mercados.
  • El análisis del comportamiento del consumidor.
  • La elección de productos.
  • La elección y fijación de los canales de distribución.
  • Las políticas de precios.
  • La publicidad.
  • La promoción de ventas.
  • Las técnicas de ventas.
  • Los servicios posventa.

2. Objetivos comerciales.

Para construir una política comercial, debemos de partir de unos objetivos comerciales, es decir en vista del conocimiento de nuestro mercado plantear unos fines posibles.

La previsión de ventas para empresas que producen bienes de equipo se deberá realizar partiendo de:

  • Conocimiento de todos los compradores potenciales del producto.
  • Conocimiento del consumo.

La previsión para empresas que producen bienes de consumo se hará partiendo de:

  • Conocimiento de la opinión de los consumidores sobre el producto.
  • Conocimiento de la conducta de los consumidores.

Una vez fijados estos objetivos, habrá que concretar una política comercial a partir de:

  • Política de producto
  • Política de precios.
  • Política de distribución.
  • Política de comunicación y publicidad.

Política de producto.

1) Considerar aspectos como:

  • La presentación del producto o servicio.
  • El nombre o marca del producto o servicio.
  • El servicio posventa.
  • Ofrecimiento de garantía y calidad.

2) Cada producto atraviesa 4 fases diferentes:

  • Lanzamiento
  • Crecimiento
  • Madurez
  • Declive

3) Cada producto tiene una función:

  • Aportar beneficios.
  • Atraer al cliente hacia la empresa.

Política de precios.

Si se realiza en función del coste de fabricación hay que tener en cuenta:

  • Que el Coste del producto = Coste de compra +Coste de aprovisionamiento + Coste de producción + Coste de distribución + Coste de administración.
  • Precio de venta del producto = Coste del producto + Beneficio.

Si se realiza en función de la demanda hay que analizar:

  • Que el precio puede ser decisivo para la introducción de un producto en el mercado. Por tanto puede ser favorable abaratar los precios.
  • O si en cambio la calidad es lo que importa del producto el precio puede no ser muy importante.

Si se realiza en función de los clientes potenciales hay que conocer el máximo y el mínimo que los clientes están dispuestos a pagar.

Políticas de distribución, comunicación y publicidad.

El canal de distribución debe ofrecer:

  • Que el producto este disponible cuando el cliente quiera comprar.
  • Que el producto este disponible donde el cliente quiera comprar.
  • Que los productos lleguen en la cantidad suficiente a la demanda del cliente.

Los distribuidores son los que hacen la fase intermedia. Se hace atendiendo a:

  • El transporte de los productos a sus respectivos mercados.
  • Actividades de promoción relacionadas con cada canal.
  • Lugares y criterios de almacenamiento de las existencias.
  • Condiciones de venta y precios de cada canal.

En base a la previsión de ventas habrá que determinar:

  • El número de puntos de venta a abarcar.
  • Su localización geográfica.
  • La elección del tipo de canal de distribución, que puede ser exterior o interior.

Política de comunicación y publicidad.

La publicidad reúne 3 aspectos importantes: comunicación, información e incitación a la venta.

Los diferentes tipos de publicidad pueden clasificarse en:

a) En función del objeto de la publicidad:

  • Publicidad de productos.
  • Publicidad de empresas.
  • Publicidad del sector.

b) En función del medio utilizado:

  • Televisión.
  • Radio.
  • Prensa.
  • Cine.
  • Vallas.
  • Carteles.
  • Folletos.

c) Otra clasificación:

  • Instrumentos de promoción pagada.
  • Ayuda informativa a los distribuidores (manuales de instrucción)
  • La publicidad no pagada.
  • Otras actividades promocionales ( presentaciones, conferencias y celebraciones).

Los recursos materiales de la empresa.

1. Localización geográfica:

Factores a considerar:

  • Proximidad del mercado potencial.
  • Proximidad a los suministradores de materias primas.
  • Proximidad y cualificación de la mano de obra.
  • Expectativas de crecimiento del mercado local.
  • La infraestructura de la zona.
  • La futura adecuación de la infraestructura de la zona.
  • Los incentivos de la Administración a la localización de empresas en determinadas zonas (Acciones de localización industrial y acciones de promoción de empleo).

2. Locales, edificios y terrenos.

3. La maquinaría y los suministros (tecnologías)

4. Aprovisionamiento de existencias. (contar con los materiales necesarios al menor coste)

5. Almacenamiento.

LOS RECURSOS HUMANOS DE LA EMPRESA

Un factor esencial es la selección de personal.

Selección de personal:

  • Determinación de las necesidades profesionales y personales de la nueva empresa.
  • Vinculación entre empresa y trabajadores.
  • Coste del personal.
  • Búsqueda y selección del personal:

1. Determinación de los requisitos a cumplir por los candidatos

2. Publicación de anuncios solicitando las personas necesarias.

3. Realización de pruebas selectivas.

4. Realización de entrevistas personales.

5. Solicitud de informes a empresas con los antecedentes de la persona a contratar.

Organigrama de la empresa.

Proceso de organización que consiste en dividir y agrupar los trabajos a realizar en tareas individuales, y en definir a las personas que han de cumplir esas tareas. Puede ser de dos tipos:

  • La Funcional: Los trabajos similares se adjudican a una sección dependiente de un centro de coordinación.
  • La Divisional: A partir de la constitución de unidades pequeñas y autónomas en torno a la estructura general de la empresa, puede ser realizada según diferentes criterios.

Función de los diferentes departamentos de la empresa

  • Alta dirección: establecer la política general de la empresa así como la supervisión y la aprobación de los diferentes políticas departamentales.
  • Departamento de ventas: Su función es la de obtener el máximo beneficio en ventas.
  • Departamento de producción: establecer las cantidades a producir, la calidad y los plazos de entrega que deberán cumplirse.
  • Departamento de compras: Su función es satisfacer las necesidades del departamento de producción en los plazos, las cantidades y la calidad suficiente, tratando que los costes sean mínimos.
  • Departamento financiero y administrativo: apoyo a las necesidades de los demás departamentos.

El financiero facilitará los fondos necesarios para la actividad económica.

El departamento administrativo tendrá como misión el apoyo a las actividades de los demás departamentos.

TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

Contratos de trabajo indeterminados

  • Contrato a una persona mayor de 16.
  • Contrato aun desempleado de más de 45 años.
  • Contrato a minusválido.
  • Contrato con mujeres desempleadas en determinadas profesiones u oficios.
  • Contrato para la realización de actividades fijas de carácter discontinuo.

Contratos de trabajos temporales

  • Contrato de trabajo a prueba.
  • Contrato como medida de fomento del desempleo.
  • Contrato en prácticas
  • Contrato para la formación.
  • Contrato para obra o servicio determinado.
  • Contrato eventual.
  • Contrato de interinidad.
  • Contrato para lanzamiento de nueva actividad.
  • Contrato de relevo.

Existen ayudas públicas, que son:

  • Bonificaciones de las cuotas patronales a la Seguridad Social.
  • Subvenciones a tanto alzado.
  • Ayudas de formación profesional.
  • Desgravaciones tributarias.

INSTRUMENTOS DE LA PLANIFICACIÓN FINANCIERA DE LA EMPRESA

Los instrumentos básicos serán:

1. La previsión de la tesorería.

Es al previsión de las entradas y salidas de dinero de un periodo de tiempo determinado, y nos indicará las necesidades de liquidez que vamos a tener en cada momento.

Sus componentes son:

  • Los cobros.
  • Los pagos.

2. Cuenta de resultados.

Encontramos la cuenta de explotación y la cuenta de pérdidas y ganancias.

La de explotación contiene los resultados, cargas e ingresos, referidos a la explotación normal de la empresa.

La cuenta de pérdidas y ganancias recoge además de los resultados propios de la explotación normal de la empresa, aquellos otros, considerados atípicos, que se han obtenido fuera del ámbito de las actividades normales de la empresa.

En ambas distinguiremos dos partes:

  • El debe.
  • El haber.

3. El balance.

Puede ser provisional o bien de situación. Ambos tipos nos permiten determinar que:

  • El detalle de los derechos y obligaciones de la empresa.
  • El valor de la empresa.
  • Los medios financieros disponibles.
  • El valor de las inversiones realizadas.
  • Las fuentes de financiación de las inversiones.
  • El equilibrio o desequilibrio existente entre la financiación propia y la financiación ajena.
  • El nivel de salud financiera de la empresa.

En la estructura del balance hay dos grandes apartados:

  • El Activo
  • El Pasivo.

Analizando el balance sabremos como esta el equilibrio de la empresa. También podremos conocer el rendimiento y la rentabilidad.

Rendimiento = Beneficio neto de explotación / Activo

Rentabilidad = Beneficio neto después de impuestos / capitales propios.

NORMAS LEGALES PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD

Constitución formal de la sociedad

Las gestiones que debe realizar el nuevo empresario para la constitución legal de la sociedad son:

  • Solicitud de los permisos específicos.
  • Certificado de que el nombre seleccionado no es utilizado por otra empresa ya existente.
  • Otorgamiento de escritura pública.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Liquidación del I.V.A.
  • Solicitud de la tarjeta de identificación fiscal y del código de identificación fiscal.
  • Solicitud de alta en Licencia Fiscal.
  • Solicitud de alta en la Cámara de Comercio.
  • Solicitud de calificación para las sociedades anónimas laborales.
  • Petición de licencias municipales de obras.
  • Solicitud de licencia municipal de apertura de negocios, en el Ayuntamiento.
  • Declaración de apertura.
  • Inscripción en la Seguridad Social y petición del número de identificación patronal.
  • Afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social.
  • Solicitud de alta en los impuestos locales.
  • Adquisición y legalización de los libros contables obligatorios y de los libros de visita y matrícula.
  • Las cooperativas solicitarán su inscripción en el Registro General de Cooperativas y deberán solicitar también la correspondiente calificación, así como los oportunos beneficios fiscales.

PRINCIPALES IMPUESTOS A DEVENGAR POR LA EMPRESA. EL I.V.A.

El impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y prestaciones de servicio efectuadas por empresarios o profesionales así como las importaciones de bienes con independencia de la condición del importador.

EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Y LA LICENCIA FISCAL

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Se exige en todo el territorio fiscal.

Licencia fiscal de actividades comerciales e industriales: Constituye un tributo local de carácter real que recae sobre las citadas actividades y que grava el mero ejercicio de las mismas.

LOS IMPUESTOS MUNICIPALES

El impuesto de Radicación

Constituye el hecho imponible del impuesto de radicación la utilización o disfrute para fines industriales o comerciales y para el ejercicio de actividades profesionales, de locales de cualquier naturaleza situados en el término municipal.

El impuesto sobre Publicidad

Gravará la exhibición o distribución de rótulos y carteles que tengan por objeto dar a conocer artículos, productos o actividades de carácter industrial, comercial o profesional.

Artículos Relacionados