Como ya sabrás, a partir del 12 de mayo todas las empresas están obligadas a realizar el registro de las horas realizadas por sus trabajadores. Si no lo sabes, te recomendamos que te pongas las pilas para adaptarte a la ley si no quieres tener problemas. Por ello, vamos a explicarte cuáles son las claves para realizar este control horario de los empleados.
Es verdad que el Gobierno tan solo ha dado dos meses para ponerse al día con esta regulación, pero no sabemos lo benevolente que será con las empresas que no cumplan con esta norma. Lo que sí que sabemos seguro es que será considerado como una falta grave, por lo que su no aplicación puede acarrear multas que van desde los 600 hasta los 6.000 euros.
Con tan poco tiempo son muchas las empresas que están corriendo para poder adaptarse la ley cuanto antes. Muchas no llegarán a tiempo por los costes que supone esta nueva regulación. Esto provocará en las empresas costes de implantación de sistemas y costes de gestión para llevar el control acorde a la ley. Por suerte existen formas gratuitas para llevar el control horario que te permiten reducir el impacto económico que supone.
¿Cómo debemos de realizar el registro horario?
Pues bueno, para realizar un correcto control horario de los empleados, las empresas deben de registrar todos los fichajes de entrada y salida de sus trabajadores y realizar un recuento de todas las horas realizadas cada día. Después deberán realizar informes mensuales para los trabajadores en los que mostrarán todas las horas trabajadas, separando las horas ordinarias y las extraordinarias.
De esta forma el Gobierno intenta acabar con las horas extraordinarias «regaladas» por los trabajadores, es decir, con todas aquellas horas de más que hacen los trabajadores y que las empresas no pagan a sus empleados.
Además de realizar estos informes para los empleados cada mes, las empresas deberán guardar toda esta información durante 4 años como mínimo y ponerla a disposición de los empleados, de los representantes sindicales y de la Inspección de Trabajo cuando la soliciten.
Ahora es el turno de las empresas de adaptar su gestión del personal a la nueva normativa. Recordamos las obligaciones que tienen ahora las empresas en esta materia:
- Registro de los fichajes de entrada y de salida.
- Recuento de horas diarias
- Recuento de horas mensuales ordinarias y extraordinarias
- Guardar la información registrada durante 4 años
Por suerte, el Gobierno no ha obligado a implantar ningún método determinado para el registro de estos datos. Así, las empresas son libres de hacerlo como quieran. Pueden registrar toda esta información en papel, excel o utilizar apps para registrar las horas de los trabajadores. Son libres de hacerlo como quieran, pero deben hacerlo de forma obligatoria.