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Apoyos y obstáculos en diferentes países para la creación de pequeños emprendimientos

Cada país cuenta con su propios programas de apoyo al emprendimiento, en este articulo vamos a revisar las similitudes y diferencias en los apoyos y obstáculos que los países instrumentan para fomentar y obstruir la creación de pequeños emprendimientos.

Creación de empresas en ARGENTINA

Monotributistas obligados a cumplir con la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral

En el momento de la presentación del formulario N° 460/F y la documentación mencionada precedentemente se procederá a efectuar el registro de sus datos biométricos (foto, firma, huella dactilar) y el escaneo de su documento de identidad.

Recuerde que previamente a la adhesión deberá efectuar los siguientes trámites por Internet:

  • Aceptación de los datos biométricos:
  • Declaración de la/s actividad/es económicas que realiza (Deberá Ingresar con su “Clave Fiscal” al Servicio “Sistema Registral” opción “Registro Tributario” ítem “Actividades económicas”.  Podrá consultar los códigos de actividades  a consignar en el sistema.

Allí deberá declarar el código correspondiente a su actividad principal (aquella que le reportará mayores ingresos) y las secundarias. Para la codificación a utilizar deberá consultar el “Codificador de Actividades” —Formulario Nº 150— aprobado por la Resolución General Nº485.

IMPORTANTE: si un monotributista dejara de cumplir con las condiciones por las que resulta obligado a presentar la declaración jurada informativa cuatrimestral (las indicadas en el párrafo precedente), deberá seguir presentando igualmente la declaración cuatrimestral por los 6 cuatrimestres siguientes al de la última declaración presentada.

CESE DE ACTIVIDADES:

Al dejar de realizar la/s actividad/es por la/s cual/es se inscribió como monotributista, por ejemplo por comenzar a trabajar en relación de dependencia, deberá efectuar la solicitud de baja.  Este procedimiento podrá ser efectuarlo a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando con su Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral” opción “Registro Tributario” ítem “F 420/T Baja de Impuestos/regímenes”. De no tener este servicio habilitado, podrá obtenerlo ingresando con tu Clave Fiscal al ítem “Administrador de Relaciones”.

  • De no solicitar la baja, acumulará deuda con la AFIP.
  • Si resulta EXCLUIDO del REGIMEN DE MONOTRIBUTO, no podrá reingresar al mismo hasta después de transcurridos 3 años calendarios completos.

Impuestos Nacionales (algunos ejemplos)

1) Impuesto a las Ganancias: es un impuesto que recauda la nación por las ganancias obtenidas en el año. Se valúan de acuerdo a la ley de ganancias y la alícuota aplicable depende de si se trata se una persona jurídica (una sociedad) o una persona física. La sociedad tributa por la alícuota del 35% y la persona física tributará de acuerdo a la escala establecida en el art. 90 de la ley de ganancias.

2) Impuesto al Valor Agregado: impuesto recaudado por la nación y a distintas alícuotas dependiendo del bien/servicioo actividad que se trate: 21% (alícuota general), 27% o la alícuota reducida del 10,5%.

3) Impuesto sobre los Bienes Personales: grava el patrimonio de una persona al 31 de diciembre de cada año. La alícuota a aplicar depende de una escala establecida en la ley del mencionado impuesto.

Impuestos Provinciales

1) Impuesto sobre los Ingresos Brutos: en lineas generales grava el ejercicio habitual de determinadas actividades en las distintas provincias. Es por eso que para su correcta liquidación se debe recurrir a los códigos fiscales y resoluciones de cada una de las jurisdicciones.

2) Impuesto de Sellos: el hecho imponible, base y alícuotas surgen de los distintos códigos fiscales y grava la existencia y formalización de contratos.

Impuestos Municipales (con las llamadas tasas, para poder liquidarlos correctamente tenés que acudir a las ordenanzas fiscales e impositivas de las distintas municipalidades) Ej:

  1. Tasa de Seguridad e Higiene
  2. Derecho de Ocupación del Espacio Público
  3. Tasa por Publicidad y Propaganda.

Un tema muy importante a tener en cuenta es que cualquier relación laboral tiene una gran cantidad de aspectos formales obligatorios a tener en cuenta, no solo para iniciar, sino también para mantener dicha relación, de no cumplirse con estas obligaciones existen multas de montos varios que son aplicadas por el Ministerio de Trabajo nacional o de las jurisdicciones que correspondan, además de no cumplirse con ciertos aspectos formales pueden generarse situaciones conflictivas entre las dos partes del contrato de trabajo.

Un listado de referencia para conocer cuales son estas formalidades es el siguiente:

  1. Inscribirse como empleador ante el ente recaudador de los aportes y contribuciones que marca la ley (AFIP).
  2. Rubricar, ante la autoridad competente, un Libro de Sueldos y Jornales donde se tomara nota mensual o quincenalmente de los importes que se abonan a cada empleado y los descuentos que se han detraído de los mismos.
  3. Inscribir al empleado en la AFIP antes de incorporarlo formalmente (Sistema de Alta Temprana).
  4. Inscribir a la empresa ante la Obra Social que corresponda, de acuerdo a la actividad que desarrolle, para luego o simultáneamente inscribir al empleado y su grupo familiar a la misma.
  5. Si se incorpora un empleado sin un contrato de trabajo especifico, se entenderá ante cualquier diferencia que surja con posterioridad, que el mismo ha sido incorporado en la forma establecida por el Contrato por Tiempo Indeterminado, es decir sin finalización (salvo por renuncia, despido, jubilación o muerte del trabajador) en horario completo, con un salario como mínimo igual al establecido por el CCT para esa categoría ocupacional y con tres meses a prueba. Si pretendemos que el horario sea reducido, la duración del contrato acotada, que el pago se haga a destajo (por producción), que los horarios sean rotativos, etc. se deberá firmar formalmente un contrato donde estos aspectos queden claramente definidos.
  6. Cada pago realizado al empleado, deberá ser formalizado a través de un Recibo de Sueldo, cuyas características están claramente descriptas en la Ley de Contrato de Trabajo. La norma general indica que el pago deberá ser realizado mediante deposito en una cuenta bancaria habilitada a tal efecto por la empresa a nombre del empleado (Cuenta sueldo), salvo que este pida por nota el pago en efectivo.
  7. Las vacaciones deberán ser comunicadas por escrito al empleado con 45 días de anticipación, independientemente que la empresa determine los días o se haya llegado a determinar el periodo vacacional de común acuerdo y a su regreso el empleado deberá establecer por escrito (mediante nota que redactará la empresa) que ha gozado del periodo vacacional y que se reintegra a sus tareas.
  8. Es necesario comunicar al empleado a su ingreso las normas que regulan el funcionamiento del SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares) mediante la entrega de un formulario tipo provisto por la ANSeS, que firmado en copia por el empleado, deberá quedar en poder de la empresa.
  9. En caso de que el empleado sea acreedor de Asignaciones Familiares, es obligación de la empresa comunicar esto a la ANSeS, cumplimentando los trámites previstos para ello y tener un archivo de fotocopias de los comprobantes que acrediten las relaciones familiares denunciadas por el dependiente.
  10. Se deberá colocar a la vista y en el lugar de trabajo la Planilla de Horarios previsto en la Ley 11.544, que deberá estar firmada por el/los empleados y el responsable de la empresa.
  11. Cualquier reprimenda al trabajador, con respecto a las faltas que pueda cometer, como por ejemplo: llegadas tarde sin justificación, ausencias con o sin aviso no contempladas por las normas vigentes, faltas de respeto, etc., deberán quedar debidamente documentadas y firmadas por el dependiente o en caso de negarse este a firmar, mediante comunicación fehaciente (entendiéndose por tales la carta documento o el telegrama colacionado).
  12. Se tendrá que anotar también al dependiente en dos seguros: el seguro de vida obligatorio y un seguro que cubra el riesgo de trabajo (ART).
  13. Mensualmente se deberá completar vía Internet un formulario con las cargas sociales (F 931 AFIP) donde se determinan, a partir de los datos del sueldo y otros adicionales y complementos abonado, la principal obligación con los Organismos de Seguridad Social. Este Formulario agrupa los aportes y/o contribuciones correspondientes al: Sistema de Jubilaciones y Pensiones, Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Sistema de Asignaciones Familiares, Fondo Nacional de Empleo, Administración Nacional de Salud, Sistema de Obras Sociales y Administradora de Riesgo de Trabajo.
  14. Además de los Organismos de seguridad social descriptos en el punto anterior, se completaran y abonaran las correspondientes boletas sindicales que en general son entre dos y cuatro (dependiendo del sindicato que corresponda).

COMO INICIAR SU NEGOCIO PROPIO EN ESPAÑA

Procedimientos administrativos

En este apartado puedes informarte sobre los servicios de apoyo a la creación de empresas que hay en España y de los trámites administrativos para su establecimiento.

Los emprendedores y empresarios que quieren crear una empresa de servicios o prestar servicios en España pueden acudir a la página de Internet de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios de nuestro país. De forma cómoda y rápida puedes obtener toda la información sobre los trámites a realizar para establecer tu empresa o prestar un servicio en España con la administración central o con las administraciones regionales y locales.

  • Ventanilla Única de la Directiva de Servicios de España

La Directiva de Servicios es una norma de la Unión Europea; tiene como finalidad fortalecer el mercado interior en el sector de servicios, facilitar a los emprendedores y empresarios el establecimiento de empresas de servicios en cualquier país de la Unión y la prestación de los mismos. Cada uno de los estados miembros tiene establecida unaVentanilla Única para facilitar a los empresarios del sector de servicios la realización de todos los trámites necesarios con las administraciones del país.

Centro de información y red de creación de empresas

Los emprendedores que deseen crear su empresa, en cualquier sector económico, pueden acudir al Centro de Información y Red de Creación de Empresas.

Esta iniciativa permite asimismo el establecimiento de empresas con las formas jurídicas más usadas en España: empresarios individuales o autónomos, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades de responsabilidad limitada de nueva empresa.

Puedes crear tu empresa a través de Internet en la página Web CIRCE o acudir a una de las oficinas de la Red de Puntos de Asistencia para el Inicio de la Tramitación (PAIT), que se encuentran en todo el territorio nacional:

  • Portal Centro de Información y Red de Creación de Empresas
  • Puntos de Asistencia para el Inicio de la Tramitación

COMO INICIAR SU NEGOCIO PROPIO EN ESTADOS UNIDOS

Abra su Negocio Propio en USA

Este manual de información es una guía sobre como iniciar su propio negocio en los Estados Unidos. Le brinda información actualizada, al día, y está dirigido hacia las necesidades de inmigrantes nuevos y residentes de EE.UU. A pesar de que usted piense que sabe lo suficiente para abrir su propio negocio, hay muchas cosas que deben ser recordadas. En lugar de iniciar un nuevo negocio creyendo que usted nació para ser empresario, usted primero debe aprender los pasos que le guiarán a través del proceso de crear su propio negocio en los Estados Unidos.

Este manual de información también le dirá lo que hay que hacer para avanzar y alcanzar sus metas de negocios. Ser un empresario exitoso no es solamente tener entusiasmo y confiar en usted mismo, sino también saber como ver la simplicidad en la complejidad de tener su propio negocio. Este manual de información es el primer paso que usted puede tomar para iniciar su propio negocio en los Estados Unidos. Todos los dueños de negocios deberian tenerlo.

http://www.immigrationunitedstates.org/iniciar-negocio.html Costo del manual U$S 40,00

COMO INICIAR SU NEGOCIO PROPIO EN MEXICO

Existen ciertos trámites que son requeridos por ley para que un negocio opere de manera formal. En México tenemos 3 niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) que piden por lo menos un trámite que deba hacer tu empresa.
http://www.trabajo.com.mx/tramites_para_abrir_un_negocio.htm

Guía interactiva de tramites para iniciar tu negocio

En esta herramienta interactiva encontraras trámites federales, estatales y municipales obligatorios para iniciar y operar tu negocio incluyendo vigencia, dependencia, costo y horarios de acuerdo a la reglamentación municipal y estatal de cada entidad del país, para las principales actividades industriales, comerciales y de servicios.

  • Acceso a la herramienta interactiva de consulta
  • Sistema de Apertura Rápida de Empresas, SARE

PASOS PARA CREAR EMPRESA EN COLOMBIA

Para iniciar una empresa en Colombia es necesario cumplir con 17 trámites, que duran 55 días y tiene un costo equivalente al 12% del ingreso per cápita de los colombianos.

Colombia tiene más barreras para la creación de empresas, que casi ningún otro país del mundo y el doble de lo que podría esperarse para su nivel de desarrollo. La tramitomanía, la desigualdad del ingreso y la falta de capital explican la escasa creación de empresas.

Secretaría Distrital de Gobierno
Apertura de Establecimientos Comerciales en el Distrito Capital

Antes de abrir su negocio tenga en cuenta que debe cumplir con todas las normas referentes al uso del suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y destinación expedida por la autoridad competente del respectivo municipio. Las personas interesadas podrán solicitar la expedición del concepto de las mismas a la entidad de planeación o quien haga sus veces en la jurisdicción municipal o distrital respectiva; Ver el Fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de Agosto 30 de 2007 (Exp. 2007-0339)

Tener el Certificado de Matrícula o Matricula Mercantíl vigente de la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción.

Comunicar en las respectivas oficinas de planeación o, quien haga sus veces de la entidad territorial correspondiente, la apertura del establecimiento. Ver el Artículo 4. Decreto Nacional 1879 de 2008.

http://www.bogota.gov.co/portel/libreria/php/frame_detalle_scv.php?h_id=23470

GUÍA PARA LA CREACIÓN  DE EMPRESAS EN CHILE

http://www.ccs.cl/html/publicaciones/publicaciones/doc/Creacion_empresas.pdf

Ley fácil

Guía legal sobre: Cómo crear una PYME

CREAR EMPRESAS EN URUGUAY:

pasos, tramites, y que se necesita para inscribir una nueva empresa

  1. Inscripción en la Dirección General Impositiva
  2. Inscripción en el Banco de Previsión Social
  3. Seguros Sociales por Enfermedad – Afiliación Mutual
  4. Inscripción en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  5. Registro Público de Comercio
  6. Inscripción en el Banco de Seguros del Estado

GUÍA PARA LA CREACIÓN  DE EMPRESAS EN BRASIL

Visite el sitio web de Doing Business, para conocer los trámites de creación de una empresa en Brasil.

Registro de Comercio
Registro Civil de las personas jurídicas

Organismos competentes

Todos los datos necesarios en la página web de la SEBRAE.  También se puede efectuar una solicitud de registro por Internent Se aconseja recurrir a un abogado.

Pido disculpas por no haber buscado información sobre este tema en TODOS los países Americanos.

Sugiero que si resulta de interés aporten más datos sobre las regulaciones existentes en cada país.

Tal vez nos sirva para evidenciar que muchos gobiernos se enorgullecen por un lado, de brindar apoyo a las pequeñas empresas y por el otro ponen muchísimas trabas para su implementación.

Saludos

Leo Socolovsky
http://haceryemprender.blogspot.com
news.leo.s@gmail.com

Estimados Amigos:

El motivo de esta  nota es para pedirles si me pueden dar una mano, visitando en forma periódica mi blog http://haceryemprender.blogspot.com que vengo publicando desde aproximadamente un año. También sería importante para mí que las comunicaciones las envíen a news.leo.s@gmail.com de esa manera podré tener un contacto más fluido con cada uno de Uds. Envío una breve reseña de lo que hago para de esa manera acercarme a las personas que tienen la deferencia de seguir mis notas. Tengo una larga experiencia en el tema de CREACIÓN DE EMPRENDIMIENTOS área en la que llevo trabajando 15 años, dictando talleres y conferencias orientadas a la resolución de la problemática laboral.

Un cordial saludo

Leo Socolovsky

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