Saltar al contenido

Juntas por Skype, la nueva concepción de reunión

el 1 mayo 2013

A día de hoy existen muchas aplicaciones para poder realizar videoconferencias desde un despacho y esto está provocando que cada vez más empresas realicen sus reuniones a través de estos medios.

Se ha puesto en entredicho si la realización de estas prácticas es legal y si reúne los requisitos necesarios para realizar votaciones o aprobar/ denegar cuestiones de empresa.

Las videoconferencias permiten que desde cualquier lugar puedan comunicarse varias personas al mismo tiempo, evitando el desplazamiento y facilitando la comunicación entre los miembros del grupo. El lugar de reunión podrá ser un despacho, una sala de juntas, o un habitáculo destinado para la reunión en ese momento, siempre permitiendo una clara comunicación y respetando unas normas de protocolo.

La cuestión problemática llega a la hora de aprobar o denegar propuestas, votaciones que pueden llegar a ser invalidadas debido a la ‘’vigencia temporal’’ de estos métodos. Se puede rechazar que estas reuniones sean inválidas, ya que según la DGRN -Dirección General del Registro y del Notariado- las votaciones deben realizarse estando todos los miembros reunidos o con votos certificados, como por ejemplo enviados vía correo y con justificación clara.

A la espera de una resolución por parte de la DGRN, muchas empresas seguirán haciendo reuniones a través de Skype u otra aplicación, ya que es una práctica que facilita el trabajo y ahorra tiempo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios (3)

Es una opción mucho mas barata y mas cómoda, lo único hay que ver si se considera formalmente correcta en el caso de Juntas Generales.
En la era en la que vivimos seguro que cada vez serán mas frecuentes este tipo de reuniones.

Responder

En estos momentos las videosconferencia son tan importantes para hacer reunoiones.

Responder

En http://www.sudespacho.net

Responder